Ahora que con el nuevo gobierno es posible que se haga un intento de un esbozo de lo que podría llegar a ser una modificación de la Sacrosanta Constitución Española que el mismísimo Dios Padre entregó a Rajoy en la cima del monte Moncloa, yo ya tengo lo que obligatoriamente va a ser su primera página. Sería algo así:
Artículo 1:
Se hace saber que a partir de la fecha de hoy cualquier tienda que venda artilugios fotográficos vendrá obligada a tener a disposición del publico una maquinita de análisis rápido del MTF como de la que nos habla Roger Cicala de Lens Rental en este artículo.
El objetivo es liberar de las naturales angustias al usuario comprador y evitar que la compra de un objetivo se convierta, como es ahora, en una lotería donde el sufrido comprador tiene muchas posibilidades de salir perdiendo.
La Ley que regulará el funcionamiento de este primer artículo se desarrollará en breve, pero dirá algo así.
- Si un usuario quiere comprar el objetivo X de una marca determinada, el tendero pondrá a su disposición todos los ejemplares que tenga en la tienda de dicho modelo. El usuario se encerrará con todos ellos en un habitáculo «ad-hoc» donde estará el sistema de testeo MTF, y al cabo de pocos minutos saldrá feliz y contento con la sonrisa en los labios y con la mejor de las unidades probadas n la mano.
- Lo mismo ocurrirá si el usuario quiere comprar un objetivo de un determinado rango de focal. En este caso el tendero facilitará al comprador todas las unidades de ese rango focal de todos los fabricantes siguiendo a continuación el mismo procedimiento anterior.
- Con este sistema es inevitable que en la tienda vayan quedando en stock los llamados «culos de botella». Bien, cuando ese stock llegue a un límite que se definirá por una comisión de expertos que nada tengan que ver con el gremio fotográfico, el tendero quedará autorizado a remitir todas esas unidades a los diversos fabricantes para se que las metan por la parte inferior de la espalda. El paquete se enviará por transporte urgente y a costes debidos, naturalmente.
La penalización por no cumplir esta Ley será de entre 10 años y un día a 50 años y un mes, y entre tanto se celebra el juicio con varios lustros de demora se someterá al presunto reo a cadena perpetua provisional y no revisable, todo ello para evitar alarma social y repetición del delito.
Artículo 2:
Iba a poner algo de unidad, destino, universal, grande, libre y Rey, pero mejor me callo porque no quiero incomodar a nadie.
Etc, etc, etc…….
- La cosa la he visto en Imaging Resource
- Pero quien estará encantado de contároslo es Roger Cicala